SEGURO DE ACCIDENTES
Es un seguro interesante de tener
¿Qué me cubre un seguro de accidentes?
Cubre el pago de un capital en caso de invalidez absoluta y permanente o en caso de muerte a consecuencia de un accidente ocurrido tanto en el ámbito de tu vida privada o en la profesional.
- Muerte por accidente. Máx. 240.000€
- Muerte accidente circulación. Máx. 240.000€
- Invalidez absoluta y permanente por accidente. Máx. 240.000€
- Invalidez absoluta y permanente accidente de circulación. Máx. 240.000€
- Invalidez permanente parcial por accidente. Máx. 240.000€
Capital asegurado | Muerte accidente | Muerte accidente de circulación | Cancelación saldos pendientes | Invalidez absoluta y parcial por accidente | Invalidez absoluta permanente por Accidente de Circulación |
---|---|---|---|---|---|
30.000 € | 30.000 € | 60.000 € | 3.000 € | 30.000 € | 60.000 € |
60.000 € | 60.000 € | 120.000 € | 3.000 € | 60.000 € | 120.000 € |
90.000 € | 90.000 € | 180.000 € | 3.000 € | 90.000 € | 180.000 € |
120.000 € | 120.000 € | 240.000 € | 3.000 € | 120.000 € | 240.000 € |
180.000 € | 180.000 € | 360.000 € | 3.000 € | 180.000 € | 360.000 € |
240.000 € | 240.000 € | 480.000 € | 3.000 € | 240.000 € | 480.000 € |
Otras Coberturas
- Anticipo en caso de muerte por accidente para el pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: 10% capital de muerte por accidente con un máximo de 15.000€
- Anticipo en caso de muerte por accidente para el reembolso de gastos de Sepelio hasta 6.000€
- Hasta 3.000€ para el saldo pendiente en tarjetas de crédito, en caso de muerte por accidente.
Resolviendo tus dudas
Cualquier persona mayor de 18 años y menor de 65 años.
Los limites se establecen desde 30.000€ hasta un maximo de 240.000€
Todo va en función de la edad,del trabajo que desempeña el asegurado y el capital que quieras asegurar.
Fecha de inicio: a pactar por el cliente y la compañía aseguradora.
Fecha de finalización: al año siguiente, a las 24:00 horas del último día del mes anterior al que conste como fecha de inicio. También finaliza en caso de muerte o invalidez absoluta y permanente o gran invalidez del asegurado.
Renovación: automática por anualidades, salvo oposición de alguna de las partes.
No se renueva el contrato a fecha de finalización de la anualidad en la que el asegurado cumpla los 70 años.
¿Quieres contratar tu seguro de accidentes?
Llámanos al 91 129 58 72 o si lo prefieres te llamamos nosotros.